La ley de inclusión financiera obliga el pago de salarios, pasividades, beneficios sociales y otros ingresos a través de instituciones financieras o emisoras de dinero electrónico. También establece plazos para determinadas operaciones, que deberán realizarse a través de medios electrónicos de pagos.
La ley baja la tasa básica de IVA 2% para los pagos con tarjetas de créditos, aunque los dos primeros años el descuento de IVA será mayor: 4% el primero y 3% el segundo. La disminución del IVA empezará a regir a partir del 1º de agosto 2014. La norma también habilita a los bancos a dar créditos de nómina a descontar del sueldo que se cobra a través de cada institución.
Entre los temas más relevantes que pondrá en funcionamiento esta nueva ley refiere a la rebaja del IVA para compras con medios electrónicos y la obligatoriedad de que los salarios sean pagos a través de cuentas o cajas de ahorro con tarjeta de débito.
Otra modificación prevista es el porcentaje mínimo salarial afectado por el pago de créditos. Según señala el texto aprobado, ninguna persona podrá percibir menos del 30% del monto nominal del salario, una vez deducidos los impuestos a la renta y las contribuciones a la seguridad social.
El texto aprobado señala que ese porcentaje límite deberá ir in crescendo con los años: 35% en 2015, 40% en 2016, 45% en 2017 y 50% en 2018.


